En la dedicatoria al rey Felipe II de España, en el S 6 del De decimis, fray Alonso de la Vera Cruz expresa su decisión de tratar el tema de los diezmos. En efecto en este Nuevo Mundo empezó una contienda, o por lo menos una controversia, entre los religiosos y los prelados diocesanos maduros, el pago de los diezmosö.Por ello, en el segundo curso académico (1554-1555) de la recién fundada Universidad de México, fray Alonso prepara la Relectio de decimis, en la cual argumenta en contra de la pretensión de obligar a los indígenas a pagar los diezmos (cuestiones 1 a 18 y 22). Además demostró que el pago del diezmo no es de derecho divino, sino de derecho positivo eclesiástico y civil.Allí mismo (cuestiones 19-21 y 23-26) fray Alonso insiste en la necesidad de la autonomía de los religiosos en la administración de los servicios espiritualesö, como ya lo había hecho en la Junta Eclesiástica del 1546, oponiéndose al obispo de México, Alonso de Montufar, O.P.Como consecuencia de tales conflictos queda prohibid la publicación de la Relectio, queá permaneció inédita en la biblioteca de El Escorial, hasta que Ernest Burrus la publicó en el año 1976.De toda manera, la lectura de De dicimis nos confirma que fray Alonso fundamenta la práctica del diezmo en el Código de las Bienaventuranzas (MT. 5, 1-14), que nos garantiza la verdadera felicidad, si aprendemos a no considerar el dinero y el poder como únicos criterios de realización. Asimismo, nos garantiza la verdadera felicidad, si aprendemos que todo lo que somos y todo lo que tenemos, lo hemos recibido de otro. Así aprendamos a decir gracias y a ser agradecidas. Infeliz aquel que diviniza el dinero.